Personalmente
este acumulado jurídico histórico democrático lo expongo en 4 sub-grupos:
1. Los Derechos
Naturales.-En la Naturaleza existen leyes y
principios que rigen su propio desarrollo tales como la ley de la
contradicción, ley de la selección sexual, ley del cambio dialéctico, entre
otras. Esto involucra a los seres humanos como especie pues somos parte de la
naturaleza. De tal forma que tenemos derechos naturales universales, anteriores,
superiores e independientes del derecho consuetudinario y del derecho positivo.
Por ejemplo, el derecho a la vida, derecho a disfrutar de los beneficios de la
naturaleza como el sol, el aire puro y fresco, los ríos y mares, el derecho a
la satisfacción sexual, etc. Muchos de estos derechos fueron anulados con el
aparecimiento de la sociedad de clases, específicamente a partir del
esclavismo, y posteriormente han ido siendo recuperados a lo largo de siglos y
en el curso de rebeliones y revoluciones.
2. La
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia – 1789).-Constituye
un gran triunfo de las ideas democráticas y liberales de la burguesía en su
fase revolucionaria de los siglos XVII y XVIII. Se logró aplastar el viejo
mundo feudal y colonial, a los reyes y a la dinastía eclesiástica. Nacen una
gran cantidad de nuevos derechos y libertades civiles, se constituye el Estado
moderno. Pese a sus limitaciones históricas, es un importante instrumento
jurídico que se recomienda estudiar y analizar para extraer algunos elementos
avanzados del mismo. Y no olvidar que el fascismo, corriente reaccionaria
disfrazada de ‘nacionalismo’ y ‘socialismo’, pretende precisamente destruir los
derechos y libertades establecidos a partir de la Revolución Francesa de 1789.
3. La
Declaración de los Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado (Rusia – 1918).-En
este gran instrumento jurídico encontramos muchos conceptos nuevos y realmente
revolucionarios como la obligatoriedad del trabajo, la democracia soviética
[los consejos de diputados obreros, campesinos y soldados], el derecho del
pueblo trabajador a tener armas, entre otros. Su importancia radica en que la
Revolución Rusa de Octubre de 1917 marca el fin de las revoluciones burguesas
de los siglos XVIII y XIX y abre el camino de las revoluciones proletarias de
los siglos XX y XXI. Pese a que esta declaración es desconocida en las escuelas
de derecho y entre los abogados, debemos estudiarla, analizar y buscar formas
de aplicación creadora según el momento histórico actual.
4. La
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).-Finalmente
tenemos esta famosa y gran declaración de los derechos humanos, que no fue
realizada en un momento común y corriente o en frío, sino en pleno triunfo de
la Unión Soviética y los Aliados contra el eje nazi – fascista – militarista
(Alemania, Italia, Japón), en un contexto de triunfo de las fuerzas
democráticas y anti-imperialistas en todo el mundo. Por ende, es un instrumento
jurídico válido para la lucha por la defensa, reconquista y ampliación de los
derechos, libertades y garantías sociales.
Fragmento
del libro: ‘SELECCIÓN DE ESCRITOS III’
Nicolás Gualle
ESCRITOR y
CONFERENCISTA
Contactos:
Email:
nicoega@yahoo.com.ar
Whatsapp:
0998725157
No hay comentarios:
Publicar un comentario